Artículo 61 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un consultorio médico está dentro de un hospital y se usa para los propios servicios del hospital, no necesita sacar su propia licencia sanitaria. En ese caso, la licencia del hospital ya cubre a ese consultorio. Esto aplica solo si el consultorio es parte del funcionamiento del hospital, no si es rentado a un doctor externo. Así que no debes preocuparte por un permiso extra, porque ya está incluido en el del hospital.
Texto oficial
ARTICULO 61.- Los consultorios que se encuentren dentro de un hospital, que sean utilizados para el servicio del mismo, no requerirán licencia sanitaria individual y quedarán amparados con la licencia de dicho establecimiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.