Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 82 dice que el papel donde alguien da permiso para que le hagan un procedimiento médico debe incluir el nombre del hospital y a qué institución pertenece, el título del documento, el lugar y la fecha, el nombre y firma de quien autoriza, los nombres y firmas de los testigos, y una explicación clara del tratamiento o procedimiento que se va a realizar. Además, ese documento tiene que estar impreso, redactado de forma sencilla y sin abreviaturas, borrones o tachaduras para que no haya confusiones.
Texto oficial
ARTICULO 82.- El documento en el que conste la autorización a que se refieren los Artículos 80 y 81 de este Reglamento, deberá contener: I.- Nombre de la institución a la que pertenezca el hospital; II.- Nombre, razón o denominación social del hospital; III.- Título del documento; IV.- Lugar y fecha; V.- Nombre y firma de la persona que otorgue la autorización; Fracción reformada DOF 01-11-2013 VI.- Nombre y firma de los testigos, y Fracción reformada DOF 01-11-2013 VII.- Procedimiento o tratamiento a aplicar y explicación del mismo. Fracción adicionada DOF 01-11-2013 El documento deberá ser impreso, redactado en forma clara, sin abreviaturas, enmendaduras o tachaduras.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.