Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cualquier prueba médica o tratamiento que aún no esté comprobado y sea experimental debe seguir reglas muy específicas de la ley, que están en los artículos 100, 101, 102 y 103. Es decir, si un doctor te quiere aplicar algo como un nuevo medicamento o una terapia que todavía está en estudio, no lo puede hacer a su antojo. Tiene que cumplir con lo que marca la ley para proteger tu salud y tus derechos.
Texto oficial
ARTICULO 84.- Toda medida diagnóstica, preventiva, terapéutica, rehabilitatoria o paliativa que tenga carácter experimental se sujetará a lo que se establece en los artículos 100, 101, 102 y 103 de la Ley y las demás disposiciones aplicables. Artículo reformado DOF 01-11-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.