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Artículo 97 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un hospital de gineco-obstetricia solo puede tener como responsable a un médico experto en esa área. El doctor debe ser especialista en ginecología y obstetricia. Además, necesita tener al menos 5 años de experiencia trabajando en esa especialidad.

Texto oficial

ARTICULO 97.- Sólo podrán ser responsables de un hospital gineco-obstétrico, los médicos especializados en gineco-obstetricia, con un mínimo de 5 años en el ejercicio de la especialidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.