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Artículo 113 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cuando un gobierno estatal se queda sin dinero para cubrir los servicios del Sistema (como salud o protección social), porque de repente hay más personas pidiendo ayuda de lo que se esperaba. Eso pasa cuando los gastos son tan grandes que sobrepasan lo que el estado puede pagar en situaciones normales. La capacidad de un estado para responder a estos gastos depende de los recursos que le tocan según la Ley para dar los servicios básicos. En pocas palabras, si hay más gente de la prevista que necesita el servicio y no alcanza el presupuesto, se considera un gasto imprevisto.

Texto oficial

Artículo 113. Las diferencias imprevistas en la demanda de servicios se relacionan con los gastos que rebasan la capacidad de respuesta financiera que un Régimen Estatal tiene para atender a los beneficiarios del Sistema bajo condiciones normales de operación. La capacidad de respuesta financiera de un Régimen Estatal a que se refiere este artículo, está determinada por los recursos que le corresponden, conforme a lo establecido en la Ley, para la prestación de servicios esenciales del Sistema.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.