Artículo 132 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las cuotas reguladoras son los montos fijos que cada estado puede cobrar por ciertos trámites o servicios, como licencias o permisos. Este artículo dice que esas cuotas aplican igual en todos los regímenes de cada estado, sin importar si son del gobierno estatal o municipal. En pocas palabras, en cualquier parte del estado te van a cobrar lo mismo por ese tipo de trámite.
Texto oficial
Artículo 132. Las cuotas reguladoras serán aplicables en todos los Regímenes Estatales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.