Artículo 35 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para poder usar el dinero que el gobierno tiene apartado para hacer obras de infraestructura (como carreteras, hospitales o escuelas), es obligatorio que sigas al pie de la letra las reglas del llamado "Plan Maestro de Infraestructura". Esto está explicado en varios artículos de la ley y del reglamento. Básicamente, no te pueden soltar los recursos si no cumples con ese plan. Todo esto se maneja conforme a lo que dice este capítulo de la ley.
Texto oficial
Artículo 35. El acceso a los recursos para infraestructura de la previsión presupuestal descrita en el artículo 77 Bis 18 de la Ley y en los artículos 111 y 112 del presente Reglamento requerirá obligatoriamente el cumplimiento de las disposiciones establecidas para el Plan Maestro de Infraestructura, de conformidad con el presente Capítulo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.