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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MPSS_171214/35
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
35

Artículo 35 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder usar el dinero que el gobierno tiene apartado para hacer obras de infraestructura (como carreteras, hospitales o escuelas), es obligatorio que sigas al pie de la letra las reglas del llamado "Plan Maestro de Infraestructura". Esto está explicado en varios artículos de la ley y del reglamento. Básicamente, no te pueden soltar los recursos si no cumples con ese plan. Todo esto se maneja conforme a lo que dice este capítulo de la ley.

Texto oficial

Artículo 35. El acceso a los recursos para infraestructura de la previsión presupuestal descrita en el artículo 77 Bis 18 de la Ley y en los artículos 111 y 112 del presente Reglamento requerirá obligatoriamente el cumplimiento de las disposiciones establecidas para el Plan Maestro de Infraestructura, de conformidad con el presente Capítulo.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.