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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MPSS_171214/51
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
51

Artículo 51 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Padrón (que es un registro o lista oficial) debe cumplir con las reglas de transparencia que ya están en otras leyes, como las que protegen la información pública y los datos personales. La Comisión es la encargada de decidir cómo se va a hacer, mantener al día y consultar ese Padrón. En pocas palabras, la ley dice que al manejar esta lista hay que seguir las mismas reglas de acceso a la información y privacidad que aplican en todo el gobierno.

Texto oficial

Artículo 51. El Padrón estará sujeto a lo previsto en los artículos 18, 20 y 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el artículo 38 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, para lo cual la Comisión establecerá los mecanismos para su conformación, actualización y consulta. Artículo reformado DOF 17-12-2014

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 13) ↗

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