Artículo 53 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión puede revisar las listas de personas que reciben ayuda de los programas de salud de cada estado. Lo hace para asegurarse de que todo esté funcionando como marca la ley, el reglamento y las reglas del programa.
Texto oficial
Artículo 53. La Comisión tendrá la facultad de ordenar las evaluaciones que considere pertinentes a los padrones de beneficiarios de los Regímenes Estatales para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, en este Reglamento y en los lineamientos aplicables en la materia. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-12-2014 14 de 40 CAPÍTULO V DE LA TUTELA DE LOS DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS
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