Artículo 59 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Hay una línea telefónica donde puedes hacer preguntas, quejar o sugerir cosas sobre los servicios de salud. Esa línea va a recibir tus dudas, las va a enviar al lugar correcto y les va a dar seguimiento hasta resolverlas. Los gobiernos de los estados deben tener sus propios mecanismos para recibir y atender estos reportes de manera rápida y eficaz. Además, la Secretaría de Salud tiene su propia línea para recibir las quejas o sugerencias sobre la calidad de los servicios, y de vez en cuando le informa a los responsables del sistema qué es lo que la gente está reportando, para que se resuelva a tiempo. También puedes entregar tus preguntas, quejas o sugerencias por escrito o directamente en el hospital o las oficinas de salud. Ahí te deben recibir bien y atender tu asunto lo más pronto posible. Para eso los Servicios Estatales de Salud deben poner reglas claras para recibir, dar seguimiento y darte una respuesta rápida.
Texto oficial
Artículo 59. El centro de atención telefónica a que se refiere el artículo anterior, recibirá, canalizará y dará seguimiento a las preguntas, quejas y sugerencias que presenten los beneficiarios, para lo cual los Regímenes Estatales establecerán mecanismos para la recepción de las mismas, además de proporcionar la información necesaria para su atención oportuna y eficaz. Párrafo reformado DOF 17-12-2014 Por su parte, la Secretaría canalizará y dará seguimiento a las preguntas, quejas y sugerencias que reciba en su propio centro de atención telefónica sobre la calidad de los servicios que otorgue el Sistema e informará de manera periódica, por conducto de la Comisión, a los integrantes del Sistema sobre las preguntas, quejas y sugerencias que sobre la calidad de los servicios de salud presenten los beneficiarios, con el propósito de que sean atendidas de manera efectiva y oportuna. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-12-2014 15 de 40 Además de la atención telefónica, los beneficiarios tendrán en todo momento la posibilidad de presentar sus preguntas, quejas y sugerencias en forma escrita o de manera directa en los establecimientos para la atención médica o las unidades administrativas del Sistema, debiendo otorgárseles un trato adecuado y una atención oportuna a sus requerimientos, para lo cual los Servicios Estatales de Salud establecerán los mecanismos necesarios para su recepción, seguimiento y pronta respuesta.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.