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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MPSS_171214/66
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
66

Artículo 66 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la que se encarga de crear, vigilar y poner las reglas de funcionamiento de todos los sistemas de información que necesita el Sistema para operar. En otras palabras, ella decide cómo deben trabajar esas bases de datos y se asegura de que estén bien hechas y funcionen correctamente. Su labor es clave para que la información esté organizada y cumpla con lo que se requiere.

Texto oficial

Artículo 66. La Secretaría estará a cargo del desarrollo, supervisión y establecimiento de las bases de operación de los diferentes subsistemas de información que cubrirán los requerimientos del Sistema en dicha materia.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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