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Artículo 66 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la que se encarga de crear, vigilar y poner las reglas de funcionamiento de todos los sistemas de información que necesita el Sistema para operar. En otras palabras, ella decide cómo deben trabajar esas bases de datos y se asegura de que estén bien hechas y funcionen correctamente. Su labor es clave para que la información esté organizada y cumpla con lo que se requiere.

Texto oficial

Artículo 66. La Secretaría estará a cargo del desarrollo, supervisión y establecimiento de las bases de operación de los diferentes subsistemas de información que cubrirán los requerimientos del Sistema en dicha materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.