Artículo 27 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los puertos, aeropuertos y cruces fronterizos internacionales deben cumplir con ciertas reglas de salud. Por ejemplo, tener un consultorio médico con al menos un doctor y un promotor de salud, un lugar para revisar a los pacientes, y equipo para tomar y mandar muestras. También necesitan vacunas contra la fiebre amarilla, forma de aislar y mover a viajeros enfermos o sospechosos de contagio, y equipo para desinfectar, matar insectos y ratas, y detectar radiación. Además, deben ofrecer agua potable, comida limpia, un sistema para desechar basura y desechos, y en los aeropuertos un área para pasajeros en tránsito. La Secretaría de Salud puede pedir más requisitos.
Texto oficial
ARTICULO 27.-Todos los puertos de altura, los aeropuertos y puestos fronterizos abiertos al tránsito internacional, deberán reunir como mínimo los siguientes requisitos sanitarios. I.-Servicio médico sanitario, al que deberán estar adscritos, por lo menos, un médico y un promotor de salud: II.-Local para examen médico; III.-Laboratorio o equipo para obtención y envío de muestras; IV.-Dosis individuales de vacuna antimarílica necesaria para el servicio; V.-Medios necesarios para transportar, aislar y tratar a pasajeros infectados o sospechosos de padecer alguna enfermedad infectocontagiosa; VI.-Equipo y medios necesarios para la efectiva desinfección, desinsectación, desratización y detección de radiactividad; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE SANIDAD INTERNACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 18-02-1985 7 de 17 VII.-Agua potable. VIII.-Alimento en condiciones sanitarias adecuadas. IX.-Sistema adecuado para eliminación de excretas y desechos; X.-En el caso de aeropuertos, zona de tránsito directo, y XI.-Los demás que fije la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.