Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la autoridad de salud) te va a dar permiso para que tu barco pueda operar sin problemas si, antes de llegar, les dices todo sobre tu viaje y ellos ven que no vas a traer ninguna enfermedad o contagio. Es como cuando avisas que vas a llegar y, si todo está bien, te dejan pasar sin revisarte ni ponerte en cuarentena. Pero si no les das la información o sospechan que algo anda mal, no te dan el permiso. En pocas palabras, si tus papeles y tu historia están limpios, no te detienen.
Texto oficial
ARTICULO 29.-La Secretaría otorgará libre plática a las embarcaciones cuando, de acuerdo a los informes que éstas faciliten antes de su llegada, juzgue que el arribo no dará lugar a la introducción o a la propagación de una enfermedad o daño a la salud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.