Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un barco llega a México, el capitán debe entregar un reporte de salud a la Secretaría de Salud, usando el formato que marca el Reglamento Sanitario Internacional. Además, el capitán y el médico del barco (si hay uno) tienen que dar toda la información que les pida la Secretaría sobre si hubo enfermedades o problemas de salud a bordo durante el viaje. Es como cuando tú llegas de un viaje y te preguntan si te sientes bien, pero aquí es obligatorio para los barcos. Esto sirve para que México sepa si hay riesgos de enfermedades que puedan entrar al país.

Texto oficial

ARTICULO 31.-Al arribar una embarcación al Territorio Nacional, el capitán entregará a la Secretaría la declaración marítima de sanidad en la forma establecida por el Reglamento Sanitario Internacional. El capitán de la embarcación y el médico, si lo hubiere, facilitarán los datos que les solicite la Secretaría respecto a las condiciones de sanidad a bordo durante la travesía.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.