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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Artículo
36

Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona llega enferma a México en barco, avión, camión o coche, el capitán, piloto o chofer debe avisar a las autoridades de salud. También tiene que decirlo en un documento especial llamado declaración sanitaria. Y no solo ellos: cualquier pasajero o persona que se dé cuenta de que alguien está enfermo durante el viaje también debe reportarlo al personal de sanidad internacional. Esto es para que puedan atender al enfermo rápido y evitar que otros se contagien.

Texto oficial

ARTICULO 36.-En el caso de internación al país de una persona enferma, el comandante de la embarcación o aeronave que lo hubiere transportado, tendrá la obligación de manifestar tal situación en la declaración sanitaria que formule. Igualmente deberá informarlo al personal de sanidad internacional, el responsable del vehículo terrestre o cualquier persona que durante el viaje advirtiera la existencia de un enfermo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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