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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MSI/41
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Artículo
41

Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Que un barco, avión o carro venga de un país donde hay una enfermedad no significa automáticamente que sea sospechoso. Solo se considera de riesgo si el lugar exacto de donde salió está en la zona donde hay brote, según la información que se tenga. O sea, lo que importa no es el país completo, sino la región específica de donde vino.

Texto oficial

ARTICULO 41.-Por el hecho de que una embarcación, aeronave o vehículo terrestre proceda de un país infestado no se considerará como sospechoso, a menos de que el lugar de procedencia se encuentre dentro del área infestada, de acuerdo a la información disponible.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional (pág. 8) ↗

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