Artículo 50 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pilotas un avión, tienes prohibido sacar los baños o la basura durante el vuelo. Esa basura y residuos se deben bajar y desechar solo en los sanitarios especiales que haya en los aeropuertos donde aterrices. Además, la Secretaría va a indicar dónde deben tirar las aguas negras y desperdicios los dueños de embarcaciones y camiones que hayan recibido permiso para operar sin inspección.
Texto oficial
ARTICULO 50.-Los responsables de las aeronaves no deberán desalojar las excretas y desechos durante el vuelo; éstos deberán ser descargados en las instalaciones sanitarias que al efecto existan en los aeropuertos en donde aterricen. Asimismo, la Secretaría señalará los lugares en donde deberán descargarse las excretas y desechos de las embarcaciones y vehículos terrestres a los que, en su caso, se les haya otorgado libre plática.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.