Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de la salud) va a darte estos papeles oficiales cuando los necesites: uno que comprueba que te aplicaron una vacuna, otro que acredita que se eliminaron ratas, otro que dice que no hace falta eliminar ratas, uno que prueba que se mataron insectos, y otro que confirma que se desinfectó un lugar. También puede darte cualquier otro certificado que pida la ley o los acuerdos con otros países.
Texto oficial
ARTICULO 59.-La Secretaría extenderá los siguientes certificados: I.-De vacunación; II.-De desratización; III.-De exención de desratización; VI.-De desinsectación; V.-De desinfectación, y VI.-Los demás que determine la Ley y los tratados o convenciones internacionales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.