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Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de la salud) va a darte estos papeles oficiales cuando los necesites: uno que comprueba que te aplicaron una vacuna, otro que acredita que se eliminaron ratas, otro que dice que no hace falta eliminar ratas, uno que prueba que se mataron insectos, y otro que confirma que se desinfectó un lugar. También puede darte cualquier otro certificado que pida la ley o los acuerdos con otros países.

Texto oficial

ARTICULO 59.-La Secretaría extenderá los siguientes certificados: I.-De vacunación; II.-De desratización; III.-De exención de desratización; VI.-De desinsectación; V.-De desinfectación, y VI.-Los demás que determine la Ley y los tratados o convenciones internacionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.