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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Artículo
67

Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 67 dice que las medidas de seguridad son instrucciones que da la Secretaría de Salud para proteger la salud de la gente, y se aplican de inmediato, sin vueltas. Estas órdenes se basan en la ley y en otros reglamentos ya establecidos. Además, aunque se tomen estas medidas, no quita que después pueda haber multas o castigos si alguien cometió una falta. En pocas palabras, la Secretaría puede actuar rápido para cuidar tu salud, pero eso no perdona sanciones futuras.

Texto oficial

ARTICULO 67.-Se consideran medidas de Seguridad, aquellas disposiciones de inmediata ejecución que dicte la Secretaría, de conformidad con lo establecido en la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables, para proteger la Salud de la población. Las medidas de seguridad se aplicarán sin perjuicio de las Sanciones que, en su caso, correspondieren.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional (pág. 12) ↗

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