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Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay bichos o animales que puedan transmitir enfermedades y representen un peligro grave para tu salud, la Secretaría de Salud tiene la obligación de destruirlos o controlarlos. También deben coordinarse con la Secretaría de Agricultura para hacerlo bien. En pocas palabras, el gobierno puede actuar para eliminar plagas que pongan en riesgo a las personas.

Texto oficial

ARTICULO 74.-La Secretaría ejecutará las medidas necesarias para la destrucción o control de insectos u otra fauna transmisora y nociva, cuando éstos constituyan un peligro grave para la salud de las personas. En todo caso, se dará a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos la intervención que le corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.