Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay bichos o animales que puedan transmitir enfermedades y representen un peligro grave para tu salud, la Secretaría de Salud tiene la obligación de destruirlos o controlarlos. También deben coordinarse con la Secretaría de Agricultura para hacerlo bien. En pocas palabras, el gobierno puede actuar para eliminar plagas que pongan en riesgo a las personas.
Texto oficial
ARTICULO 74.-La Secretaría ejecutará las medidas necesarias para la destrucción o control de insectos u otra fauna transmisora y nociva, cuando éstos constituyan un peligro grave para la salud de las personas. En todo caso, se dará a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos la intervención que le corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.