- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
- Artículo
- 86
Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te ponen una multa, eso no impide que la Secretaría también pueda tomar otras medidas para proteger la seguridad, como clausurar un local o suspender una actividad, hasta que arregles lo que está mal. O sea, la multa no es el único castigo; mientras no resuelvas el problema, la autoridad puede cerrarte o detener lo que estés haciendo para evitar riesgos.
Texto oficial
ARTICULO 86.-La aplicación de las multas será sin perjuicio de que la Secretaría dicte las medidas de seguridad que procedan, hasta en tanto se subsanen las irregularidades.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.