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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Artículo
13

Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado del hospital (Coordinador Hospitalario) tiene que trabajar en equipo con otras autoridades de salud, como el CENATRA (la oficina nacional de trasplantes), los centros o consejos de trasplantes de tu estado y, si aplica, con las coordinaciones internas de cada institución. Todo lo que haga debe hacerse en comunicación y acuerdo con estas instancias. No puede tomar decisiones por su cuenta; necesita coordinarse con todos ellos.

Texto oficial

Artículo 13. El Coordinador Hospitalario deberá realizar sus funciones en coordinación con el CENATRA, con los Centros Estatales de Trasplantes o Consejos Estatales de Trasplantes y, en su caso, con las Coordinaciones Institucionales respectivas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes (pág. 5) ↗

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