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Artículo 57 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los bancos que guardan órganos, tejidos y células tienen que trabajar junto con uno o más hospitales o clínicas que tengan permiso para hacerlo. Esto significa que no pueden operar solos, sino que necesitan apoyo de lugares de salud autorizados. Todo esto es para asegurar que se sigan las reglas y el proceso sea seguro.

Texto oficial

Artículo 57. Los bancos de Órganos, Tejidos y células deberán funcionar en coordinación con uno o varios Establecimientos de Salud autorizados para fines de este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.