Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El CENATRA (que es la oficina encargada de los trasplantes) va a publicar en el Diario Oficial de la Federación un formato oficial para que puedas dejar claro si quieres donar tus órganos, tejidos o células después de morir. Ese formato servirá para dar tu consentimiento expreso, es decir, que autorices por escrito la donación para trasplantes, como lo marca el artículo 329 de la Ley. El documento debe incluir tu nombre completo, edad, sexo, nacionalidad, estado civil, ocupación, referencias personales y el tipo de identificación que usaste. También tiene que especificar si tu donación es amplia (todo lo que se pueda usar) o limitada (solo ciertos órganos o tejidos).
Texto oficial
Artículo 8. El CENATRA dará a conocer, mediante publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, el formato oficial que se utilizará para manifestar el consentimiento expreso para donar Órganos, Tejidos y células después de la muerte para que éstos sean utilizados en Trasplantes, en términos del segundo párrafo del artículo 329 de la Ley. El formato a que se hace referencia en el párrafo anterior, contendrá por lo menos, el nombre completo de su otorgante, su edad, sexo, nacionalidad, estado civil, ocupación, referencias personales, y el señalamiento del documento con el que se haya identificado, así como si se trata de una donación amplia o limitada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.