Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica que, para donar órganos, tejidos o células en vida, el hospital donde se haga el trasplante debe obtener un documento firmado por ti como donador. Ese documento tiene que incluir tus datos básicos como nombre, edad, dirección y ocupación, además de información de tu pareja o familiares cercanos. También debe decir claramente que estás donando por tu propia voluntad y sin recibir dinero a cambio, y que conoces los riesgos de la operación. Si la donación es para alguien que no es familiar tuyo, necesitas ir con un notario público a firmar un consentimiento especial. Por último, puedes agregar cualquier condición que quieras ponerle a la donación, como a quién o a qué institución va dirigida.
Texto oficial
Artículo 9. El documento en el que el Donador exprese su consentimiento para la donación en vida de sus Órganos, Tejidos y células con fines de Trasplante, deberá ser obtenido por el Comité Interno de Trasplantes y al menos contener: I. Nombre del Donador; II. Domicilio del Donador; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE TRASPLANTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 26-03-2014 4 de 24 III. Edad del Donador; IV. Sexo del Donador; V. Estado civil del Donador; VI. Ocupación del Donador; VII. Nombre y domicilio del cónyuge, concubina o concubino, si tuviere el Donador; VIII. Nombre y domicilio de los padres y a falta de éstos, de alguno de sus familiares más cercanos, cuando el Donador se encuentre soltero; IX. El señalamiento de que por propia voluntad y a título gratuito, consiente en la donación del Órgano, Tejido o célula de que se trate, expresándose que esta donación se entenderá hecha entre vivos, lo cual deberá ser acorde con las disposiciones jurídicas aplicables; X. Nombre del Receptor del Órgano, Tejido o célula; XI. El señalamiento de haber recibido información a su satisfacción sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la Extracción del Órgano, Tejido o célula; XII. Nombre, firma y domicilio de los testigos cuando se trate de documento privado; XIII. Lugar y fecha en que se emite el documento; XIV. Firma o huella digital del Donador; XV. El señalamiento de si la donación se hace a favor de alguna persona o institución determinada. En este caso, se deberá mencionar el nombre o denominación o razón social de dicha persona o institución, y XVI. Las demás circunstancias de modo, lugar y tiempo que considere pertinentes el donante, así como cualquier otra que condicione la donación. Tratándose de donación entre personas en las que no exista algún tipo de parentesco, se deberá exhibir además, el consentimiento expreso otorgado ante notario público, en términos de lo dispuesto por el artículo 333, fracción VI, inciso b), de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.