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Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la autoridad de turismo) tiene que asegurarse de que los hoteles, agencias de viajes y demás negocios turísticos sepan bien las leyes que les aplican, para que las cumplan sin pretextos. Básicamente, les toca hacer campañas de información, cursos o avisos claros para que nadie alegue ignorancia. Así, los prestadores de servicios no pueden decir "no sabía que esa regla existía". Todo con la idea de que el turismo funcione derecho y sin problemas legales.

Texto oficial

Artículo 106.- La Secretaría establecerá las medidas necesarias para dar a conocer a los Prestadores de Servicios Turísticos las disposiciones jurídicas aplicables en materia de Turismo, con el fin de promover su debido cumplimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.