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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGT/106
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Artículo
106

Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la autoridad de turismo) tiene que asegurarse de que los hoteles, agencias de viajes y demás negocios turísticos sepan bien las leyes que les aplican, para que las cumplan sin pretextos. Básicamente, les toca hacer campañas de información, cursos o avisos claros para que nadie alegue ignorancia. Así, los prestadores de servicios no pueden decir "no sabía que esa regla existía". Todo con la idea de que el turismo funcione derecho y sin problemas legales.

Texto oficial

Artículo 106.- La Secretaría establecerá las medidas necesarias para dar a conocer a los Prestadores de Servicios Turísticos las disposiciones jurídicas aplicables en materia de Turismo, con el fin de promover su debido cumplimiento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.