Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la autoridad de turismo) tiene que asegurarse de que los hoteles, agencias de viajes y demás negocios turísticos sepan bien las leyes que les aplican, para que las cumplan sin pretextos. Básicamente, les toca hacer campañas de información, cursos o avisos claros para que nadie alegue ignorancia. Así, los prestadores de servicios no pueden decir "no sabía que esa regla existía". Todo con la idea de que el turismo funcione derecho y sin problemas legales.
Texto oficial
Artículo 106.- La Secretaría establecerá las medidas necesarias para dar a conocer a los Prestadores de Servicios Turísticos las disposiciones jurídicas aplicables en materia de Turismo, con el fin de promover su debido cumplimiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.