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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Artículo
11

Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Conferencia Nacional tiene cinco tareas principales: primero, sugerirle a la Secretaría cómo alinear las políticas de turismo entre el gobierno federal, estatal y municipal. Segundo, hacer revisiones a nivel país de esas políticas para encontrar qué mejorar y proponer formas de impulsar el turismo. Tercero, fomentar que se compartan datos y experiencias entre todos para fortalecer el turismo en México. Cuarto, proponer cómo coordinarse y cooperar entre los tres niveles de gobierno en temas turísticos. Quinto, crear sus propias reglas para organizarse y funcionar internamente.

Texto oficial

Artículo 11.- Son funciones de la Conferencia Nacional: I. Proponer a la Secretaría los mecanismos de armonización de las políticas públicas en materia de Turismo en los tres órdenes de gobierno; II. Realizar evaluaciones a nivel nacional de las políticas públicas en materia de Turismo para detectar áreas de incidencia y proponer estrategias de impulso al Turismo; III. Promover el intercambio de información y experiencias para el fortalecimiento del Turismo nacional; IV. Proponer los mecanismos de coordinación y cooperación entre los tres órdenes de gobierno en materia de Turismo, y V. Emitir sus reglas de organización y funcionamiento interno.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (pág. 6) ↗

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