Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice cuáles son los objetivos de un programa de turismo. Primero, busca cambiar el sector turístico y hacer que todos trabajen en equipo para aprovechar mejor el potencial de los lugares turísticos. También quiere mejorar la oferta turística para que sea más competitiva y facilitar que tanto el gobierno como empresas privadas inviertan en proyectos turísticos. Además, planea promocionar el turismo para atraer a más viajeros nacionales e internacionales, sin dejar de proteger el patrimonio del país y darle beneficios a las comunidades locales. Por último, la Secretaría de Turismo puede añadir otros objetivos que ayuden a fortalecer el turismo según las leyes vigentes.
Texto oficial
Artículo 23.- El Programa tendrá los siguientes objetivos: I. Transformar el sector turístico y fortalecer esquemas de colaboración y corresponsabilidad, para aprovechar el potencial turístico; II. Fortalecer las ventajas competitivas de la oferta turística; III. Establecer mecanismos que permitan facilitar el financiamiento y la inversión pública y privada en proyectos con potencial turístico; IV. Impulsar la Promoción Turística para contribuir a la diversificación de mercados, así como al desarrollo del sector, mediante la adopción, entre otras, de las siguientes estrategias: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE TURISMO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 25-11-2025 10 de 33 a) Fomentar el desarrollo del mercado nacional mediante la difusión de los Atractivos y Destinos Turísticos, e b) Incrementar la Promoción Turística en los mercados tradicionales y, simultáneamente, impulsar la diversificación de mercados; V. Fomentar el desarrollo sustentable de los Destinos Turísticos y ampliar los beneficios sociales y económicos de las comunidades receptoras de la afluencia turística, mediante el fortalecimiento de la contribución del Turismo a la conservación del patrimonio nacional y a su uso sustentable, y VI. Los demás que a juicio de la Secretaría contribuyan a fortalecer el Turismo, en términos de las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.