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Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo puede pedirle información a oficinas del gobierno federal, de los estados, municipios, de la Ciudad de México y a empresas de servicios turísticos (como hoteles o agencias de viajes). Solo va a solicitar datos que tengan que ver con actividades económicas del turismo, como cuántos turistas llegan o cuánto gastan. Con esa información van a armar el Sistema Estadístico, que es como una base de datos para entender cómo está el sector. En resumen, el gobierno puede reunir datos sobre turismo de diferentes lugares y negocios para tomar mejores decisiones.

Texto oficial

Artículo 37.- Para la integración del Sistema Estadístico, la Secretaría podrá requerir a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estados, Municipios, Distrito Federal y Prestadores de Servicios Turísticos, la información que considere relevante y que esté relacionada con las actividades económicas asociadas al Turismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.