Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Ordenamiento Turístico del Territorio es como un plan maestro que organiza cómo se va a usar el suelo para actividades turísticas. Este plan se divide en tres niveles: el Programa General, que aplica a todo el país; los Programas Regionales, que son para zonas más grandes; y los Programas Locales, que se enfocan en municipios o comunidades. En pocas palabras, es una forma de ordenar el turismo desde lo más general hasta lo más específico, según dónde se necesite.
Texto oficial
Artículo 39.- El Ordenamiento Turístico del Territorio estará conformado por: I. El Programa General; II. Los Programas Regionales, y III. Los Programas Locales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.