Artículo 40 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para hacer los planes de desarrollo del país, los gobiernos de todos los niveles (federal, estatal y municipal) tendrán que ponerse de acuerdo y trabajar juntos. La ley y este reglamento ya dicen cómo deben coordinarse. Así que cada quien sabe qué reglas seguir para colaborar. No hay confusión: ya está establecido cómo hacerlo.
Texto oficial
Artículo 40.- Para efectos de la formulación de los Programas General, Regionales y Locales, se establecerán los mecanismos de colaboración y coordinación entre las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno previstos en la Ley y en el presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.