Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Ejecutiva, junto con la Secretaría de Educación Pública, tiene que darles becas a las víctimas y a las personas que dependen económicamente de ellas. Estas becas serán para estudiar desde primaria hasta la universidad, y deben entregarse rápido, de forma clara y con buena calidad. La Secretaría de Educación Pública, con ayuda de otras autoridades, va a crear las reglas de un programa permanente de becas, siguiendo lo que dicen los artículos 51 y 116 de esta misma ley. Para lograr esto, la Secretaría y la Comisión pueden hacer acuerdos con escuelas públicas o privadas para que las becas se puedan usar ahí.
Texto oficial
Artículo 15. La Comisión Ejecutiva, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, pondrá a disposición de las víctimas y de sus dependientes económicos, de manera transparente, oportuna, homogénea y con calidad, becas en instituciones educativas para cursar los tipos educativos de educación básica, media superior y superior, de conformidad con el Modelo Integral de Atención a Víctimas y las disposiciones aplicables. La Secretaría de Educación Pública, en coordinación con las instancias competentes, elaborará las bases para el programa de becas permanente de conformidad con los artículos 51 y 116 de la Ley. Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, la Secretaría de Educación Pública y la Comisión Ejecutiva podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones educativas públicas y privadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.