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Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Ejecutiva tiene su oficina principal en la Ciudad de México. Pero también puede abrir sucursales o representaciones en otros estados del país, siempre y cuando lo haga siguiendo las reglas que marca el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Eso significa que no está obligada a estar solo en la capital, sino que puede descentralizarse para atender mejor a la gente.

Texto oficial

Artículo 26. La Comisión Ejecutiva tiene su domicilio en la Ciudad de México, sin perjuicio de que establezca delegaciones en las entidades federativas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.