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Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Asesoría Jurídica Federal (la que ayuda legalmente a las víctimas) tiene un grupo que la dirige, llamado Junta Directiva. Este grupo está formado por el Director General (que es el jefe) y seis abogados con buena reputación, que deben tener título de licenciatura en Derecho y cumplir con otros requisitos que marca el reglamento interno. Esos seis abogados son elegidos por un comité más grande, pero solo si el Director General los propone primero. Para tomar decisiones, todos discuten juntos y votan; gana la opción que tenga más votos, todo según las reglas internas. Además, los miembros de la Junta no reciben sueldo por su trabajo ahí, es un cargo honorífico (sin pago).

Texto oficial

Artículo 54. El órgano máximo de la Asesoría Jurídica Federal es la Junta Directiva que estará integrada por el Director General, quien la presidirá, y seis personas de reconocido prestigio, quienes deberán ser licenciados en Derecho y cumplir los requisitos que establezca el Estatuto Orgánico. Las personas a que se refiere el párrafo anterior, serán designadas por el Pleno de la Comisión Ejecutiva, a propuesta del Director General. La Junta Directiva deliberará en forma colegiada y tomará sus resoluciones por mayoría de votos, de conformidad con el Estatuto Orgánico. La participación de los integrantes de la Junta Directiva será de carácter honorífico. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-11-2014 17 de 28

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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