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Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la Comisión Ejecutiva va a crear un fondo especial, manejado por un banco del gobierno (de desarrollo), para pagar las ayudas, asistencia y reparación a personas que hayan sido víctimas de violaciones a derechos humanos por parte de autoridades federales, o de delitos federales. Este fondo se llama fideicomiso, pero no tendrá oficinas propias ni comité técnico, y no contará como una dependencia del gobierno. El dinero se les depositará directamente a las víctimas por transferencia bancaria, a menos que vivan en un lugar donde no haya bancos; ahí se les podrá pagar de otra forma que la Comisión decida.

Texto oficial

Artículo 72. Para efectos del artículo 137 de la Ley, la Comisión Ejecutiva constituirá, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, en una Institución de Banca de Desarrollo, un fideicomiso público de administración y pago, sin estructura orgánica ni comité técnico, el cual no será considerado como una entidad paraestatal de la Administración Pública Federal. El fin del Fondo es servir como mecanismo financiero para el pago de las ayudas, la asistencia y la reparación integral de las víctimas, incluyendo la compensación en el caso de víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades federales y la compensación subsidiaria para víctimas de delitos del orden federal, con cargo al patrimonio fideicomitido. La entrega de los recursos a las víctimas se hará directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-11-2014 21 de 28 bancarios, en cuyo caso se podrá hacer conforme a lo previsto en los lineamientos que al efecto emita la Comisión Ejecutiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

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