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Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres hacer algo relacionado con la vida silvestre (como cuidar animales, plantas o sus partes) y la ley te pide un permiso de la Secretaría, tienes que llenar un formato que ellos mismos publican. En ese formato debes incluir tus datos completos como nombre, domicilio, teléfono y correo, además del nombre de tu representante legal si aplica. También tienes que firmar la solicitud (a mano o electrónicamente), poner la fecha, y si hay información que no quieras que se haga pública, puedes pedir que la traten como confidencial. Para cada trámite, debes agregar una copia de tu identificación oficial o del acta constitutiva si eres una empresa, o tu número de registro si ya lo tienes. Los formatos los puedes conseguir gratis en las oficinas de la Secretaría o en su página web, y también los publican en el Diario Oficial. Puedes presentar todo por escrito o por internet, tú decides.

Texto oficial

Artículo 12. Las personas que pretendan realizar cualquier actividad relacionada con hábitat, especies, partes o derivados de vida silvestre y que conforme a la Ley requieran licencia, permiso o autorización de la Secretaría, presentarán la solicitud correspondiente en los formatos que para tal efecto establezca la Secretaría, los cuales deberán contener: I. Nombre, denominación o razón social, domicilio para oír y recibir notificaciones, así como teléfono, fax o correo electrónico; II. Número de registro correspondiente, en caso de que se trate de una UMA previamente establecida; III. Nombre del representante legal o nombre de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones; IV. Firma autógrafa o electrónica del interesado; V. Lugar y fecha de la solicitud; VI. Información que el promovente considere confidencial, reservada o comercial reservada en los términos previstos en el artículo 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y VII. Información particular requerida para cada trámite específico, de conformidad con la Ley y este Reglamento. En cada trámite que se realice deberá presentarse copia de la identificación oficial o el acta constitutiva en caso de personas morales, o bien, el número de Registro de Personas Acreditadas en caso de contar con el mismo. Los formatos a los que hace referencia el presente artículo se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y estarán disponibles al público en las oficinas de la Secretaría o en su página electrónica y serán de libre reproducción. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-05-2014 7 Los informes, avisos y solicitudes a los que hace referencia la Ley y este Reglamento podrán presentarse por escrito o por medio electrónico, a elección del particular, para lo cual se establecerán las direcciones físicas o electrónicas en el portal de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.