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Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los Comités Mixtos de Vigilancia —grupos donde trabajan juntos el gobierno y ciudadanos— pueden hacer varias cosas según lo que se acuerde. Pueden revisar que los programas para aplicar las medidas de seguridad y control de la ley se estén cumpliendo bien. También tienen que hacer reportes mensuales de cómo van esos programas y reunirse seguido para checar los avances de los compromisos. Además, pueden hacer otras tareas que se pongan en los acuerdos entre el gobierno federal, los estados y los municipios, siempre siguiendo las reglas del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico.

Texto oficial

Artículo 137. Los Comités Mixtos de Vigilancia, de acuerdo con lo que establezcan los convenios de descentralización correspondientes, podrán ejercer las siguientes funciones: I. Evaluar los programas que tengan por objeto supervisar la aplicación de las medidas de control y de seguridad previstas en la Ley; II. Elaborar los informes mensuales respecto del cumplimiento de las acciones previstas en los programas a los que se refiere la fracción anterior; III. Llevar a cabo reuniones periódicas, a fin de supervisar los avances de las acciones derivadas de los compromisos contraídos por las partes, y IV. Las que específicamente se prevean en los acuerdos o convenios de coordinación que al efecto se hayan celebrado. Los convenios y acuerdos de coordinación que para estos efectos celebren autoridades del Gobierno Federal y las entidades federativas, con la participación de las autoridades municipales, quedarán sujetos a los criterios y formalidades previstas en el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.