Artículo 138 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría del Medio Ambiente va a crear una lista pública de quien cometa infracciones contra la vida silvestre. Esta lista se podrá consultar en internet, en la página de la PROFEPA, y ahí dirá qué hiciste mal, dónde fue, qué animal o planta estaba involucrado, tu nombre y la multa o castigo que te pusieron. Solo te meterán a la lista hasta que ya no puedas pelear la multa (cuando la resolución sea definitiva), y antes deben avisarte que vas a aparecer ahí. Si ya estás en esa lista, el gobierno no te dará nuevos permisos para usar o manejar vida silvestre, ni podrás transferir los que ya tengas.
Texto oficial
Artículo 138. La Secretaría tendrá a su cargo la elaboración del padrón de infractores a que se refiere el artículo 104 de la Ley a nivel nacional, el cual será público y accesible en términos del derecho a la información ambiental y de acceso a la información pública gubernamental; estará disponible a través de la página de Internet de la PROFEPA y contendrá la causa que haya motivado la infracción, describiendo los datos relativos a la ubicación del predio, del ejemplar, parte o derivado de la vida silvestre que hubiere dado origen a la infracción, nombre de la persona infractora, la descripción de la infracción y el precepto legal infringido, así como los datos de la resolución respectiva y su forma y fecha de notificación. La inscripción de los infractores en dicho padrón se realizará hasta que la resolución administrativa que haya determinado la infracción cause estado, teniendo la autoridad la obligación de notificar previamente al infractor de que se trate, de su inclusión en el padrón. La Secretaría no otorgará las autorizaciones contenidas en el presente instrumento a las personas inscritas en el padrón, ni autorizará la transmisión de derechos en los términos de la Ley y el presente Reglamento. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-05-2014 47
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.