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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGVS/141
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo
141

Artículo 141 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 141 dice que los avisos oficiales (llamados notificaciones) de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) deben ponerse en un lugar visible y fácil de encontrar para que cualquier persona pueda consultarlos. También deben publicarse en el sitio web de la PROFEPA, para que puedas revisarlos desde internet.

Texto oficial

Artículo 141. Las listas o estrados en que se realicen las notificaciones a que se refiere el artículo 125 de la Ley, deberán ser fijadas en lugar visible y de fácil acceso al público para su consulta, además serán publicadas en la página electrónica de la PROFEPA.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.