- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
- Artículo
- 37
Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El plan de manejo es un documento que dice cómo se va a cuidar un área o recurso natural. Hacerlo, revisarlo y darle el visto bueno tiene que seguir las reglas de esta Ley y de esta sección del reglamento. Nada de inventar pasos o atajos, todo debe hacerse como está escrito.
Texto oficial
Artículo 37. La elaboración, evaluación y aprobación de los planes de manejo se sujetará a lo establecido en la Ley y lo que dispone la presente sección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.