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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGVS/81
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo
81

Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene que darte una respuesta a tu solicitud de permiso en un máximo de 18 días hábiles (que no cuentan sábados, domingos ni días festivos). Una vez que te autoricen, el permiso va a durar el tiempo que la misma Secretaría decida que es necesario para que hagas las acciones de manejo, control o remediación que te pidieron. O sea, ellos determinan cuánto tiempo tienes para cumplir con lo que te autorizaron.

Texto oficial

Artículo 81. La Secretaría emitirá respuesta a la solicitud de autorización en un plazo de dieciocho días hábiles. La vigencia de la autorización dependerá del período que la Secretaría estime necesario y autorice para llevar a cabo las medidas de manejo, control o remediación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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