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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 92 dice que cuando quieras pasar a otra persona los derechos que tienes para aprovechar recursos (como agua o minerales), debes avisarle a la Secretaría con un escrito sencillo. En ese escrito tienes que incluir los datos de la persona a quien le das los derechos, explicar qué derechos exactamente estás transfiriendo y por cuánto tiempo los cedes. Debes presentar este aviso dentro de los plazos y con los requisitos que marca el artículo 89 de la ley, así que asegúrate de revisar esa parte para no perder el permiso. Es como cuando prestas tu permiso de caza o pesca: avisas quién lo usará, qué autorización le das y hasta cuándo.

Texto oficial

Artículo 92. El aviso de transferencia de derechos derivados de autorizaciones de aprovechamiento extractivo, se presentará ante la Secretaría en escrito libre que deberá contener: I. Los datos generales de los terceros a quienes se transfieran los derechos; II. La descripción general de los derechos que se transmiten, y III. La temporalidad de la transferencia. El aviso se presentará en los plazos y con los requisitos que establece el párrafo primero del artículo 89 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.