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Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 22 dice que, si quieres explorar un área geotérmica (para usar el calor de la tierra), debes hacer un plan bien detallado. Ese plan tiene que incluir estudios del suelo, del agua, de las rocas y hasta perforaciones, además de las fechas en que piensas hacerlos. También debes juntar y analizar toda la información que sea útil sobre esa zona, siguiendo lo que se hace normalmente en la industria. En pocas palabras, no puedes improvisar; necesitas un programa serio y bien organizado para explorar.

Texto oficial

Artículo 22. El Programa de Exploración debe contemplar los aspectos geológicos, geofísicos, geoquímicos, geohidrológicos y perforaciones a efectuar, así como las fechas en que se deben realizar. De igual forma debe evaluar e integrar todos los datos que se consideren necesarios relacionados al Área Geotérmica solicitada, de acuerdo con las mejores prácticas de la industria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.