Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo explica que la Secretaría puede autorizar que una persona que tiene una concesión (un permiso especial del gobierno) le pase sus derechos y obligaciones a otra persona, pero solo si cumple con ciertos requisitos. Primero, debe estar al corriente con todas sus obligaciones, o sea, no deber nada relacionado con la concesión. Segundo, deben haber pasado al menos tres años desde que empezó la concesión, a menos que la cesión sea para conseguir un préstamo. Además, tiene que presentar el contrato completo de la cesión, y la persona que va a recibir la concesión debe demostrar que es legal, administrativa, técnica y financieramente capaz, sin estar en ninguna situación prohibida. La Secretaría tiene 40 días hábiles para responder si autoriza o no la cesión.
Texto oficial
Artículo 34. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley, la Secretaría puede otorgar las autorizaciones para la cesión de derechos y obligaciones, cuando la persona titular de la Concesión realice la solicitud de autorización de cesión de derechos y acredite lo siguiente: I. El cumplimiento de todas las obligaciones a su cargo derivadas de la Concesión a la fecha de presentación de la solicitud de autorización de cesión de derechos; II. Que haya transcurrido un lapso no menor a tres años, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia de la Concesión, salvo que se compruebe que dicha autorización se requiere para el otorgamiento de un financiamiento; III. Se presente íntegramente el proyecto de contrato de cesión; IV. Que la persona cesionaria acredite su capacidad jurídica, administrativa, técnica y financiera, en los términos previstos en el Reglamento, y V. Que la persona cesionaria no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 18 de este Reglamento. La Secretaría debe determinar, dentro del plazo de cuarenta días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, sobre la procedencia de la cesión de derechos y obligaciones respectiva. En lo no previsto en el presente artículo, se debe estar a lo dispuesto en el procedimiento de evaluación referido en el artículo 17 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.