Artículo 25 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que hay razones válidas para no empezar o detener los trabajos de exploración o extracción de petróleo en un área asignada. Esas razones válidas son los accidentes o desastres que no se pudieron prevenir (como temblores, inundaciones o incendios), y también otras causas que estén escritas en el contrato de la asignación. En otras palabras, si pasa algo grave que no pudiste evitar, puedes pausar tus actividades sin que te castiguen.
Texto oficial
Artículo 25.- Se consideran causas justificadas para no iniciar o suspender las actividades previstas en el plan de Exploración o de desarrollo para la Extracción en el Área de Asignación, los casos fortuitos o de fuerza mayor y los demás que se establezcan en el título de Asignación. Capítulo III De los Contratos para la Exploración y Extracción Sección Primera Del Plan Quinquenal
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.