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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
25

Artículo 25 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 25 dice que hay razones válidas para no empezar o detener los trabajos de exploración o extracción de petróleo en un área asignada. Esas razones válidas son los accidentes o desastres que no se pudieron prevenir (como temblores, inundaciones o incendios), y también otras causas que estén escritas en el contrato de la asignación. En otras palabras, si pasa algo grave que no pudiste evitar, puedes pausar tus actividades sin que te castiguen.

Texto oficial

Artículo 25.- Se consideran causas justificadas para no iniciar o suspender las actividades previstas en el plan de Exploración o de desarrollo para la Extracción en el Área de Asignación, los casos fortuitos o de fuerza mayor y los demás que se establezcan en el título de Asignación. Capítulo III De los Contratos para la Exploración y Extracción Sección Primera Del Plan Quinquenal

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 7) ↗

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