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Artículo 26 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión tiene que proponerle un plan de 5 años a la Secretaría cada mes de junio del primer año del quinquenio. La Secretaría decide si lo aprueba en los siguientes 60 días hábiles y lo publica en su página web. Ese plan debe incluir al menos dos cosas: primero, la planeación de las áreas que se van a licitar durante esos 5 años, y segundo, las características generales de esas áreas. En otras palabras, es un programa a largo plazo para organizar cómo y qué se va a poner a concurso.

Texto oficial

Artículo 26.- Durante el mes de junio del primer año de cada quinquenio, la Comisión deberá proponer a la Secretaría el Plan Quinquenal. La Secretaría resolverá sobre su aprobación dentro de los sesenta días hábiles siguientes a su recepción y lo publicará en su página electrónica. El Plan Quinquenal deberá contener, cuando menos, lo siguiente: I. La planeación de las Áreas Contractuales a licitar durante un período de cinco años, y II. Las características generales de las Áreas Contractuales a licitar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.