Artículo 51 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una mina de carbón y quieres que el gobierno te dé directamente el permiso para buscar y extraer el gas natural que está en la veta de carbón, debes pedirlo por escrito a la Secretaría de Energía. En tu solicitud tienes que incluir tu título de la concesión minera (el documento que dice que la mina es tuya) y estudios que demuestren que hay gas natural en el carbón, junto con un plan de cómo piensas buscarlo y extraerlo. También necesitas entregar un informe que compruebe que ya tienes el dinero completo para el proyecto, que ya apartaste los equipos principales o que ya gastaste al menos el 30% de la inversión total en activos fijos. Además, debes demostrar que tienes la lana, la capacidad técnica y administrativa para hacer el trabajo, y presentar un documento de la Secretaría de Economía que confirme que no tienes deudas ni problemas legales con tu concesión. Por último, incluye detalles como los precios que calculaste, las características del terreno, la calidad del gas, la infraestructura disponible y cualquier otra cosa que te pida la dependencia.
Texto oficial
Artículo 51.- El titular de una concesión minera que esté interesado en obtener la adjudicación directa de un Contrato para la Exploración y Extracción de Gas Natural asociado a su mina de carbón en términos del artículo 27 de la Ley, deberá presentar a la Secretaría una solicitud que incluya como mínimo: I. El título de concesión minera vigente, y II. Los estudios con los que se determinó la existencia de recursos de Gas Natural contenido en la veta de carbón mineral y la propuesta de plan de Exploración y de desarrollo para la Extracción de dichos recursos; III. El informe de comprobación a que se refiere el artículo 28 de la Ley Minera. Tratándose de concesionarios mineros que van a realizar actividades de extracción de carbón, presentarán la documentación con la que comprueben lo siguiente: a) Haber pactado el financiamiento completo del proyecto; b) Haber comprometido la adquisición de los equipos principales, o c) Haber erogado por lo menos el treinta por ciento de la inversión total requerida en el proyecto para la adquisición de activos fijos; IV. La documentación con la que acredite que cuenta con solvencia económica y capacidad técnica, administrativa y financiera necesarias para llevar a cabo las actividades de Exploración y Extracción del Gas Natural producido y contenido en la veta del carbón mineral; V. El documento mediante el cual la Secretaría de Economía informe a la Secretaría sobre el cumplimiento del concesionario de las obligaciones correspondientes al título de concesión minera de que se trate, incluyendo las obligaciones establecidas en la Ley Federal de Derechos, así como la constancia de no tener anotaciones preventivas en libros del Registro Público de Minería por parte de autoridad jurisdiccional que limiten los derechos del concesionario; VI. Los escenarios de precios utilizados, las características geológicas del área de la concesión minera, la información sobre la calidad del Gas Natural contenido en la veta de carbón mineral, la descripción de la infraestructura existente dentro y alrededor de la concesión minera, y VI. Los demás que determine la Secretaría mediante disposiciones administrativas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.