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Artículo 53 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la Secretaría de Energía (la dependencia del gobierno encargada del sector) decide que se puede entregar directamente un contrato de gas natural asociado a una mina de carbón (sin licitación), tiene que hacer lo siguiente: Primero, en 15 días hábiles (como 3 semanas sin contar sábados, domingos ni días festivos) debe enviar a la Secretaría de Hacienda y a la Comisión de Hidrocarburos toda la documentación del caso, incluyendo la propuesta del tipo de contrato que se usará. Hacienda y la Comisión tienen 5 días hábiles para dar su opinión sobre esa propuesta. Después, ya con el modelo de contrato definido, la Secretaría de Energía tiene 20 días hábiles para fijar los términos técnicos y pedirle a Hacienda que defina las condiciones económicas (como los impuestos que se pagarán). Por último, cuando todo esté listo, la Secretaría de Energía le envía la información a la Comisión en 5 días hábiles para que firme el contrato con la empresa.

Texto oficial

Artículo 53.- En caso de ser procedente la adjudicación directa de un Contrato para la Exploración y Extracción de Gas Natural asociado a una mina de carbón a que se refiere el artículo anterior, se estará a lo siguiente: I. La Secretaría remitirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión, en un plazo de quince días hábiles, la solicitud de adjudicación directa completa, la resolución de la procedencia de la adjudicación directa, la propuesta de Modelo de Contratación que corresponderá al Área Contractual y la información soporte que se determine en los convenios de coordinación que al efecto suscriban dichas dependencias. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión emitirán su opinión sobre la propuesta de Modelo de Contratación, en un plazo de cinco días hábiles; II. Determinado el Modelo de Contratación, la Secretaría contará con un plazo de veinte días hábiles para determinar los Términos y Condiciones Técnicos y solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que establezca las condiciones económicas relativas a los términos fiscales conforme a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su Reglamento, y III. Concluido lo anterior, la Secretaría enviará a la Comisión la información necesaria para la suscripción del Contrato para la Exploración y Extracción de Gas Natural asociado a una mina de carbón, en un plazo de cinco días hábiles a efecto de que la Comisión inicie la formalización del mismo. Sección Séptima De la Coexistencia de las Asignaciones y de los Contratos para la Exploración y Extracción con las Concesiones Mineras

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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