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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
68

Artículo 68 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a crear, con ayuda de la Comisión, las reglas y formas de medir ciertos datos que se mencionan en otra parte de la Ley. Esto es como cuando alguien te pide que hagas un plan y otro te ayuda con los detalles y números. Aseguran que todo se haga de manera clara y pareja para todos.

Texto oficial

Artículo 68.- La Secretaría elaborará con la asistencia técnica de la Comisión, las metodologías, los parámetros y los lineamientos a que se refiere el inciso c) del tercer párrafo de la fracción VI del artículo 101 de la Ley.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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