Artículo 25 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El simple hecho de que te den un permiso para construir o tener una central eléctrica no significa que ya tengas autorización para conectarla a la red de luz del país. Para poder enganchar tu planta, fábrica o cualquier aparato que consuma mucha electricidad al sistema nacional, necesitas hacer un trámite aparte directamente ante el CENACE. Esto aplica también si quieres agrandar una central o un centro de carga que ya tengas. En pocas palabras, primero te dan un permiso, pero la conexión a la red se pide por separado.
Texto oficial
Artículo 25.- El otorgamiento de un permiso o autorización no implica aprobación alguna para la interconexión o conexión al Sistema Eléctrico Nacional de Centrales Eléctricas, Centros de Carga o ampliaciones de los anteriores, las cuales deberán ser tramitadas ante el CENACE.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.